El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha confirmado este miércoles la multa de 4.125 millones de euros que Bruselas le impuso a Google en 2018 por considerar que abusó de su posición dominante.
La Justicia europea estimaba así parcialmente el recurso que presentó Google frente a la Comisión Europea por la multa inicial de 4.343 millones de euros. Finalmente, el TGUE apenas ha rebajado esa suma en 200 millones, con lo cual la cifra sigue siendo histórica.
La sentencia contra Gogole se produce al considerar la Justicia que el gigante tecnológico aplicó restricciones ilegales a los fabricantes de dispositivos que utilizan su sistema operativo Android para afianzar su posición dominante.
Esta última sentencia del TGUE se puede recurrir aún ante la instancia superior, el Tribunal de Justicia de la UE, publica Huff Post.
🇪🇺 La justicia europea respalda el mayor castigo impuesto en la Unión Europea por vulnerar la competencia: multa de 4.125 millones de euros a Google. El Tribunal General de la UE asume la mayor parte de las acusaciones de la Comisión
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— EL PAÍS México (@elpaismexico) September 14, 2022
La Comisión Europea multó a Google, en primer lugar, por obligar a los fabricantes de dispositivos Android a instalar el buscador Google Search y el navegador Google Chrome a cambio de cederles la licencia de la Play Store, la tienda de aplicaciones móviles de la compañía.
En segundo lugar, por impedir que las empresas que querían vender teléfonos móviles y tabletas con aplicaciones de Google pudiesen instalar versiones alternativas del sistema operativo en los dispositivos móviles, las conocidas como “bifurcaciones de Android”.
Y, por último, por supeditar una parte de los ingresos publicitarios de Google a los fabricantes y a los operadores de redes móviles a que estos no instalasen ningún otro buscador alternativo a Google Search.
En su sentencia de hoy, el TGUE aceptó los argumentos del Ejecutivo comunitario de que la obligación de instalar Google Search y Google Chrome podía suscitar un “sesgo de statu quo”, por la “propensión de los usuarios” a utilizar las aplicaciones ya instaladas en sus teléfonos móviles y tabletas, “sin que esa ventaja pueda compensarse por los competidores de Google”.
“Ninguna de las críticas formuladas por Google desvirtúa el análisis expuesto por la Comisión sobre este punto”, señaló el tribunal con sede en Luxemburgo.
Los jueces también afirmaron que “la Comisión podía considerar fundadamente” que la supeditación de los ingresos publicitarios a que no se instalasen aplicaciones de la competencia “constituían acuerdos de exclusividad”.
No obstante, la sentencia desestimó los argumentos que dio Bruselas para considerar que estos acuerdos eran “abusivos”, de tal forma que Google tenía capacidad para restringir la competencia por los méritos de sus competidores.
Por un lado, el TGUE señaló que la constatación de Bruselas de que tales pactos afectaban a “una parte significativa de los mercados nacionales de servicios de búsqueda general”, “no queda corroborada por los elementos expuestos por la Comisión”.
Por otro, observó “diversos errores de razonamiento” de la Comisión en la denominada prueba del “competidor igual de eficaz”, que evalúa las posibilidades que hubiera tenido una empresa rival de Google para competir en los servicios de búsqueda si su aplicación se hubiese instalado en los dispositivos.
Esos errores de evaluación en la estimación que la Comisión hizo sobre los costes atribuibles a tal competidor, sobre la valoración de su capacidad para conseguir la preinstalación de su aplicación, y sobre la estimación de los ingresos que podían obtenerse en función de la antigüedad de los dispositivos móviles en circulación.
El TGUE consideró también que las restricciones de Google a la venta de dispositivos móviles con sistemas de Android alternativos permitió reforzar su posición dominante en los mercados de servicios de búsqueda constituyeron un freno a la innovación, limitando las ofertas disponibles para los usuarios……..
Foto: Getty
Vía: Huff Post